Con la finalidad de brindar mayores facilidades a los usuarios del sistema financiero, de seguros y privado de pensiones, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) continúa con la simplificación administrativa de los procesos y servicios que ofrece.
Así, mediante Resolución N° 1771-2020, se reduce el plazo de atención de 13 a 10 días hábiles y se establece la acreditación de representación, mediante validación simple del solicitante (presencial o virtual), para servicios como procedimiento de rectificación de datos de identificación personal en la central de riesgos, emisión de constancias de afiliación al Sistema Privado de Pensiones (SPP); atención de consultas y emisión del certificado de pólizas de seguro de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o muerte accidental.
También se modifica el requisito para acreditar la calidad de heredero del ciudadano solicitante en el procedimiento de constancias de depósitos u otros pasivos de personas fallecidas. Se requerirá el número de partida electrónica o de ficha de la inscripción de la sucesión intestada en la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunarp), precisando la oficina registral o una copia simple de la inscripción del testamento en la Sunarp.
Finalmente, se incorpora la emisión del certificado de Seguro Complementario de Trabajo (STCR) de Riesgo al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Este servicio permitirá informar al ciudadano en un plazo de 11 días hábiles sobre los STCR contratados por el empleador, en caso de que este último desempeñe alguna de las labores de riesgo.